La credencial cívica es el único documento válido para votar y las mesas de votación estarán abiertas desde las 8:00 horas hasta las 19:30 horas.
Este domingo 11 de mayo se celebran las elecciones departamentales en todo el país, que son las últimas de lo que se denomina el ciclo electoral uruguayo, que comenzó con las elecciones internas en junio de 2024.
A nivel departamental, el próximo domingo se elegirá un intendente por cada departamento, que será el candidato más votado del lema más votado, y 31 ediles de la Junta Departamental de cada uno de los 19 departamentos del país.
En tanto, a nivel municipal, se elegirán cinco miembros de los concejos municipales y el primer titular de la lista más votada del lema más votado será el alcalde o alcaldesa del municipio, mientras que los demás miembros serán concejales.
En cuanto a lo que se puede elegir, se puede votar solo la intendencia, solo el municipio o ambos, pero en este último caso las dos papeletas deben ser del mismo lema, ya que no se puede votar cruzado. Si se ensobran papeletas de lemas distintos, el voto será anulado.
La credencial cívica es el único documento válido para votar. En caso de no presentar el documento físico, se debe concurrir al circuito al que se pertenece e indicar nombre, apellido, serie y número de credencial para poder corroborar que se figure en el padrón o en el cuaderno de hojas electorales.
¿Cómo saber dónde votar?
Votar es obligatorio para todas aquellas personas que se encuentren inscriptas en el Registro Cívico Nacional, que tengan 18 años al 11 de mayo de 2025 y que estén habilitadas en el padrón electoral de la Corte Electoral.
Para saber cuál es el circuito asignado a cada uno de los electores, se puede consultar este link de la página web de la Corte. Una vez allí, hay que completar los datos de serie y número de credencial o nombre, apellido y fecha de nacimiento para corroborar el lugar y circuito al que se debe asistir el día de la votación.
Las mesas de votación estarán abiertas desde las 8:00 horas hasta las 19:30 horas.
Todas las personas deben votar necesariamente en el circuito que se les asignó, pero la Corte establece algunas excepciones:
— Las personas con discapacidad motriz (permanente o transitoria) que deban emitir su voto en un local no accesible podrán hacerlo en cualquier circuito accesible de su serie, presentando su credencial. Su voto se considerará observado simple y deberán firmar la hoja de identificación como declaración jurada.
— En tanto, los electores inscriptos en circuitos rurales podrán votar fuera de su circuito habitual siempre que exhiban su credencial cívica y su sufragio también se registrará como observado simple.